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» Este artículo corresponde a la Edición del jueves, 27/dic/2012 de La Auténtica Defensa.

La Procuración recomendó a la Corte que declare "extinguida" la cautelar de Clarín




Buenos Aires, (NA)- La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, se pronunció ayer a favor recurso del Gobierno en contra de la extensión de la medida cautelar que impide aplicar dos artículos de la Ley de Medios al Grupo Clarín y le recomendó a la Corte Suprema de Justicia que declare "extinguido" ese beneficio.

El dictamen, que tiene carácter no vinculante, fue elevado al máximo tribunal, que tiene previsto resolver hoy este planteo así como si acepta el recurso de "per saltum" presentado por el Gobierno para intervenir directamente en la cuestión de fondo por la constitucionalidad de la Ley de Medios.

En la opinión de la procuradora, "al arrogarse la atribución de revocar el plazo de vigencia de la medida cautelar dispuesto por la Corte" para el pasado viernes 7 de diciembre (7D), la Cámara Civil y Comercial Federal "se apartó" de la decisión del máximo tribunal "de someter la medida cautelar en cuestión a un plazo determinado, desnaturalizándola y privándola de sentido".

Subrayó, al respecto, que el plazo de vigencia de la medida cautelar venció inexorablemente el 7 de diciembre por indicación de la Corte, y desestimó el principal argumento de la Cámara, al señalar que el hecho de que el dictado de la sentencia sobre el fondo de la cuestión "sea inminente", "no constituye en sí mismo motivo suficiente para prorrogar la medida cautelar".

"La decisión de la Corte de someter la medida cautelar a un plazo determinado (...) implicaba la extinción de la medida cautelar si, cumplido ese plazo, no hubiera sido dictada aún la sentencia definitiva en la cuestión de fondo. Esto, con independencia de qué tan probable fuera en ese momento una decisión final pronta. Al disponer el mantenimiento de la medida cautelar (...) sobre la base de que la sentencia del juez de primera instancia parecía inminente, la Cámara desvirtuó la decisión de la Corte, privándola de todo vigor", indicó.

En todo caso, según sostuvo Gils Carbó, para prorrogar la medida cautelar después de haber fenecido el plazo establecido, se debería haber "demostrado en base a hechos nuevos no considerados por el fallo de la Corte" la existencia de peligro en la demora, lo que no se hizo, por lo cual la procuradora consideró que "la decisión de la Cámara debe ser revocada".

Asimismo, entendió que la interpretación del alcance de la medida cautelar que realizó la Cámara, es decir que recién con su extinción empezaría a correr el plazo de un año para la adecuación, "es errónea", ya que "la cautelar sólo suspendió los efectos del vencimiento del plazo de adecuación" y la extinción de la cautelar el 7D "deja expeditos los efectos legales".

"Opino que corresponde declarar admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional con alcance indicado en este dictamen, y revocar la sentencia apelada, declarando extinguida la medida cautelar oportunamente dispuesta", indicó Gils Carbó.

El Gobierno había recurrido a la Corte a través de un recurso extraordinario luego de que la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal, integrada por Susana Najurieta, Ricardo Guarinoni y Francisco de las Carreras, ampliara la medida cautelar a favor de Clarín y desarticulara el llamado 7D, cuando debía comenzar para el multimedio el proceso de adecuación con la venta de licencias que excedan los límites de la ley.

Por otra parte, Gils Carbó dedicó buena parte de su pronunciamiento a cuestionar que los mismos camaristas se hayan "arrogado la atribución de juzgar sobre su propia imparcialidad", al rechazar las recusaciones que había planteado el Gobierno, lo que -sostuvo- "controvierte una idea fundamental que subyace a las garantías constitucionales del debido proceso: el juzgador imparcial, al que toda parte en un litigio tiene derecho".

Y agregó: "La impertinencia de la decisión de la cámara en este aspecto es, a mi juicio, palmaria".

En el último acuerdo del año, antes del ingreso a la feria judicial de enero, la Corte Suprema evaluará este jueves este dictamen respecto de la extensión de la cautelar a Clarín, así como también deberá resolver si es admisible o no el per saltum del Gobierno para fallar directamente sobre la cuestión de fondo de la Ley de Medios, saltando la instancia de la Cámara.

En caso de aceptar el planteo, se prevé que el tribunal primero solicite la opinión del a Procuración General, pero si el recurso es considerado "inadmisible", la causa seguirá su curso en la Cámara y, luego de ésta se pronuncie sobre la apelación presentada por el multimedio al fallo de primera instancia, entonces sí podría nuevamente intervenir la Corte ante un recurso extraordinario.

En primera instancia, el juez Horacio Alfonso declaró constitucional la ley al rechazar un recurso del Grupo Clarín que cuestionaba dos artículos, entre ellos el 161, que establece el plazo de un año para la desinversión de señales cuando superan la cantidad permitida por la norma.

El per saltum presentado por el Gobierno tiende a evitar que sean los jueces de la Sala I quienes resuelvan sobre la constitucionalidad o no de la ley, y más teniendo en cuenta que esos mismos jueces decidieron días atrás prorrogar la cautelar que beneficia a Clarín más allá del 7D.

El pasado 10 de diciembre, la Corte Suprema había rechazado en forma unánime un primer per saltum del Gobierno, presentado cuando la Cámara extendió la cautelar, por entender que no cumplía con un requisito de forma: ese recurso es aplicable sólo a un fallo de primera instancia.

Ahora, los jueces del máximo tribunal deben resolver si la causa se enmarca en un estado de "gravedad institucional" necesario para saltar de instancia judicial o si también debe seguir los pasos tradicionales.


 
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