"La reforma judicial vulnera la forma republicana de gobierno y las garantías constitucionales", aseguraron desde Bases Radicales
Los Dres. Axel Cantlon, Rosa Funes y Norberto Bonola se refirieron a las declaraciones de inconstitucionalidad dictadas contra las leyes de reforma del Consejo de la Magistratura y del Régimen de las Medidas Cautelares.
"La sentencia dictada por la Dra. Servini de Cubría establece con total claridad que la nueva forma de elección de los miembros del Consejo de la Magistratura y la nueva integración del cuerpo son totalmente inconstitucionales dado que vulneran la forma republicana de gobierno. Se altera de manera sustancial el equilibrio que debe existir entre los estratos que componen el cuerpo, existe una violación del principio de División de Poderes y una politización del cuerpo" manifestó el concejal Cantlon.
"El hecho de que los jueces tengan que ir en las listas de un partido político es totalmente descabellado porque se altera su independencia porque se verían comprometidos intereses políticos en su candidatura que luego se trasladaría a la función de los consejeros tiñendo de un manto de sospecha su actuación" agregó Rosa Funes.
"Es importante recordar las funciones del Consejo de la Magistratura para poder entender la magnitud del problema. Este órgano es el encargado de seleccionar los postulantes a magistrados, ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados, abrir los procesos de remoción de jueces y ordenar sus suspensiones. Imaginemos lo que ocurriría si este cuerpo se politiza y se rompe el equilibro, en el caso de que algún juez falle en contra del sector que ostente la mayoría política" agregó Funes.
Por otra parte el Dr. Norbeto Bonola se refirió a un pronunciamiento ocurrido en la provincia de Santa Fe relacionado con la ley que limita las medidas cautelares, producto de un planteo realizado por la UCR local contra al Estado: "En el fallo se declara la inconstitucionalidad de esa ley porque para pedir una medida cautelar contra el Estado se necesita primero un informe de éste para que el juez pueda decidir, cuestión que no se requiere en caso de que el Estado sea el accionante. Por otra parte una cautelar contra el Estado cae por el solo hecho de presentar la apelación ante la Cámara sin que sea necesario pronunciamiento de ésta sobre la oportunidad de la medida. Las circunstancias planteadas indican claramente que el Estado adopta una posición más ventajosa con respecto a los particulares, lo cual es absolutamente contrario a la naturaleza de las medidas cautelares donde lo que se trata es de dar a la parte más débil (los ciudadanos frente al Estado) una tutela rápida que permita proteger su derecho. Estas leyes son claramente inconstitucionales" concluyó Bonola.