Buenos Aires, (NA)- El Gobierno nacional reglamentó la ley de farmacia por la cual en estos negocios no se podrá comercializar más productos alimenticios, golosinas y bebidas.
La resolución Nº1632/2013 publicada ayer en el Boletín Oficial precisa que las farmacias sólo podrán dedicarse a la venta de recetas preparadas, dispensa de drogas, medicamentos, incluidos de venta libre y especialidades farmacéuticas cualquiera sea su condición de expendio. También habilita la comercialización de los productos destinados a la higiene o estética de las personas y artículos para diagnósticos.
La Resolución, firmada por el ministro de Salud nacional, Juan Luis Manzur, tiene fecha del 10 de octubre y fue publicada ayer en el Boletín Oficial, por lo tanto su entrada en vigencia es a partir del 23 de enero de 2014. Quienes no retiren esos productos de su oferta, superado ese lapso, recibirán sanciones.