Los trámites se llevan a cabo en el Edificio "6 de Julio", Planta Alta, los días lunes, miércoles y viernes, en el horario de 10 a 14 horas. Sea por razones laborales o de salud (enfermedad), de viaje y encontrarse en el exterior o bien a más de 500km del lugar de votación, junto con la documentación que acredite dichas situaciones, se deberá acompañar con la fotocopia del DNI completo certificada por el Registro Civil.
La Municipalidad de Campana continúa propiciando el Trámite de Justificación de la No Emisión del Voto, a los efectos de realizar el mismo en forma directa con el Juzgado Electoral, y que el vecino reciba de manera inmediata y segura el certificado de trámite realizado.
La correspondiente tramitación documental se realiza en la Planta Alta del Edificio "6 de Julio", los días lunes, miércoles y viernes, de 10 a 14 horas, hasta el viernes 20 de diciembre próximo inclusive.
Además se continúa con la impresión de las boletas de pago de las multas a todos aquellos que no emitieron su voto en el mes de agosto, quedando pendiente la actualización del Registro de Infractores con aquellos que no votaron el último domingo de octubre, y deban pagar su multa para no ser incluidos en dicho registro.
REQUISITOS PARA CUMPLIMENTAR EL TRÁMITE
Los vecinos que deseen formalizar el Trámite de Justificación de la No Emisión del Voto deberán presentarse con la fotocopia del DNI certificada por el Registro Público de las Personas.
Si el ciudadano cuenta con DNI tarjeta, fotocopia de ambos lados, y de ser libreta, debe ser fotocopia de todas las hojas, incluidas las que están en blanco.
CERTIFICADOS POR DISTANCIA Y/O ENFERMEDAD
A su vez, deberían contemplar la presentación de certificados en caso de encontrarse a más de 500 Km del lugar donde debía emitir su voto, presentar (Certificado de Distancia emitido por Policía de la Provincia); que no hayan asistido por razones de enfermedad (Certificado emitido por médicos de los servicios de sanidad nacional, provinciales o municipales, o bien, por médicos matriculados que ejerzan en el sistema privado de salud a fin de justificar debidamente su inasistencia).
AUSENCIA POR ENCONTRARSE EN EL EXTERIOR
Una consideración especial deberán tener quienes no hayan votado por hallarse en el exterior. En este sentido, tendrán que presentar certificado expedido por el Consulado Argentino más próximo a su lugar de estadía.
Si no pudo presentarse ante una representación diplomática, a su regreso a la Argentina dentro del plazo de ley, podrá realizar el trámite de justificación de inasistencia a los comicios, ante la Cámara Nacional Electoral (Leandro N. Alem 232) o ante la Secretaría Electoral de su distrito, o por medio de la Municipalidad de Campana.
POR MOTIVOS LABORALES
Los que por razones de trabajo hayan estado ocupados durante las horas del acto electoral, se aclara que podían obtener una licencia especial de sus empleadores para poder concurrir a emitir el voto, o desempeñar funciones en los comicios, sin deducción alguna del salario, ni ulterior recargo de horario. "Código Electoral Nacional, Ley Nº 19.945, artículo 8º".