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» Este artículo corresponde a la Edición del viernes, 29/nov/2013 de La Auténtica Defensa.

Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
Por Lic. Fabian Sarna




En esta columna estimado lector, quería dejar en claro varias cuestiones relativas a la autoridad de aplicación de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (o también denominada Ley de Medios); la Afsca, en función de las lecturas totalmente erróneas e inescrupulosas de los sectores más reaccionarios y reacios a las medidas de profundización de la democracia Argentina a la cual pertenece el actual Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

En el Titulo II, Capítulo I, Articulo 10 de la Ley 26.522; se crea la autoridad de aplicación de la misma "como organismo descentralizado y autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional". Quería señalarle señor lector que tenga en cuenta el tremendo error al que incurrió quien tiene aspiraciones presidenciales en el 2015, al interpretar a su agrado la cita del articulo nombrado anteriormente, diciendo que la Afsca tiene que ser, según el fallo de la Corte Suprema de Justicia que convalidó como Constitucional la Ley de Medios, un ente independiente y autónomo no solo del Poder Ejecutivo Nacional, sino de la política en general.

Ahora bien, a este señor que es apañado por los medios concentrados de comunicación, hay que sacarlo de la confusión y señalarle que descentralizado (art. 10, ley 26.522) no es sinónimo de independiente, y autárquico (art. 10, ley 26.522.) tampoco lo es de autónomo. Lógicamente, la interpretación político - ideológica que hacemos sobre los dichos del Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires es que corresponden a un claro matiz neoliberal donde se intenta desde la política, reducir la política a estados ultra mínimos para que no sea esta quien dirija los caminos de la Nación, y si lo hagan los intereses de los grandes empresarios nacionales y foráneos, clase a la que corresponde Mauricio Macri.

La Afsca no es una Ong, no es una Auditoria Externa, no es un organismo de control. La Afsca es la autoridad de aplicación de la Ley, creada por la misma ley, la cual a su vez fue articulada, estructurada, debatida y sancionada en la arena netamente política, que comenzó con los grandes debates por la misma a lo largo y ancho del país, y que termino siendo votada y sancionada por la mayoría en el parlamento nacional. Con esto quiero señalar que la Afsca como autoridad de aplicación de esta Ley, y desde su creación en un seno netamente político, es un organismo totalmente político.

Además, sería imposible decir si se tiene el mínimo conocimiento de la Ciencia Política, que un organismo que tiene siete directores para su conducción donde se reconocen tres tipos de representación política, de los cuales 2 son nombrados por el Poder Ejecutivo, 3 nombrados por la primera, segunda y tercer minoría parlamentaria, y 2 por el Consejo Federal de Comunicación, sea un organismo apolítico, como lo sostuvo el Jefe de Gobierno Porteño.

Además hay que destacar que la Afsca cuenta con el control externo de una Comisión Bicameral (compuesta por 8 diputados y 8 senadores), el auxilio de una Defensoría del Público y la instancia de audiencias públicas, concluimos señor lector, que por la Ley 26.522 sancionada por el Parlamento Nacional en 2009 y ratificada como constitucional por la Corte Suprema de Justicia, la Afsca indefectiblemente es un organismo político.



 
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