La Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos (www.ucu.org.ar) logró el dictado de cuatros medidas cautelares de alcance nacional a favor de todos los usuarios del servicio de telefonía móvil de la República Argentina clientes de las empresas Claro, Personal, Movistar y Nextel. A partir de ahora y mientras estas medidas se mantengan vigentes, dichas empresas deberán ajustar su unidad de facturación a segundos en lugar de minutos y, por tanto, deberán cesar en su práctica de "redondear hacia arriba" todas las llamadas.
La medidas cautelares fueron dictadas por el Juzgado Federal de San Nicolás en el marco de cuatros acciones colectivas iniciadas por UCU con el doble objetivo de: (i) impugnar la práctica comercial ilegítima desarrollada por todas las empresas mencionadas, consistente en fraccionar la tasación de las llamadas por minutos en lugar de segundos; y (ii) lograr la restitución de las sumas de dinero que tales empresas han percibido de manos de todos sus clientes con motivo de dicha práctica.
La medida implicará un impacto inmediato en la economía de cada uno de los usuarios de telefonía celular del país, calculando estimativamente un ahorro promedio superior al treinta por ciento (30%) de lo pagado actualmente por la utilización del servicio.