Todo municipio tiene facultades específicas para crear y modificar tasas. Pero estos tributos no son de creación discrecional por parte del Cuerpo Deliberante o por el Poder Ejecutivo Municipal, sino que su aprobación debe hacerse con la intervención de un grupo de vecinos que legalmente se denominan "Mayores Contribuyentes". Con el tiempo la historia de los mayores contribuyentes fue cambiando, perdiendo su condición autónoma decisoria para transformarme en una extensión política.
Este grupo de ciudadanos, es básicamente la representación ante el Concejo Deliberante de todos los vecinos de la ciudad, y en particular de quienes tendrán las cargas económicas de abonar las tasas, por lo que debería evaluar finamente todas las modificaciones a aprobar o rechazar.
La ley orgánica de las municipalidades (DL 6769/58), regula a este grupo de vecinos bajo el nombre de "Los Mayores Contribuyentes", los que deberán ser convocados por el municipio y debiendo cumplir como único requisito para postularse, el abonar anualmente en impuestos municipales suma determinada y el estar al día.
Ó sea que cualquier vecino podrá inscribirse en una nómina cuya convocatoria debe publicarse y luego cada concejal elegirá dos inscriptos que representaran a sus vecinos. Muchas veces son los funcionarios quienes acercan vecinos que cumplan con esas características, obviamente con una clara bajada de línea afín a la gestión, lo que genera a las claras la finalidad de la Asamblea. Y desde allí, y por un año, los inscriptos participan con su voto en las definiciones referentes a todos los tributos que cobra la comuna, como también todos aquellos que en el futuro decida crear y otras acciones relacionadas a la faz económica financiera del municipio.
Hasta aquí he relatado cuestiones formales, pero ¿qué pasa el día de la Asamblea?, ¿Hay una representación real de los vecinos por su pares actuantes?. Bueno si bien es difícil encontrar una respuesta univoca la realidad nos demuestra que la asamblea estará compuesta en su mayoría por representantes de quienes tengan mayorías en el recinto del Concejo Deliberante y ello resume ampliamente la conclusión.
Es que estos "representantes" al igual que los hacen los integrantes de mayorías automáticas, solo van a sentarse con órdenes previas de sus jefes políticos, y a la hora de la votación, siempre se aprueba o se rechaza lo dispuesto por el oficialismo de turno o por el bloque mayoritario sin siquiera abrir un mínimo de debate, coartando la finalidad de la creación de Mayores Contribuyentes.
Esto da como resultado, generalmente, nuevas tasas o aumento de las sumas de las mismas que repercutirán en el bolsillo de los vecinos, pero con la tranquilidad de los vecinos votantes que contaran con el reparo de la no publicidad nominal de sus nombres, sumado a que la mayoría de los vecinos desconoce este sistema legal para aumentar las tasas y cree que todo pasa en cabeza de los Concejales.
Vale recordar que técnicamente deberá constar nombre y apellido y forma de votar de cada representante, dado que así lo dispone la LOM, en las actas que son públicas y consultables por cualquier vecino. Por ello, creo que hoy, la Asamblea de Mayores Contribuyentes - manejada partidariamente - termina siendo un mero formalismo sin representación real alguna de la vecindad y solo constituida para cumplir con la ley a la hora de aumentar o crear nuevos impuestos municipales, o de tratar algún tema económico financiero municipal.
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