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» Este artículo corresponde a la Edición del domingo, 13/jul/2014 de La Auténtica Defensa.

En Diálogo:
Levantando la Mano. División de poderes, solo en las palabras
Por Mariano D. Raineri*




"Para que no se pueda abusar del poder, es preciso que el poder detenga al poder", expreso Charles Louis de Secondat, más conocido como Montesquieu. Así, La división de poderes resulta ser una distribución de las funciones que el Estado detenta por el contrato social, en la cual se sede la titularidad para ejercer estas actividades a diferentes órganos. El hombre, dentro del Estado, se encuentra protegido contra otros hombres, más no contra el propio Estado. Este último, el cual podría oprimirlo impunemente mediante las facultades coercitivas que le ha otorgado la propia sociedad. Para prevenir un absolutismo es que se divide la aplicación del poder en diferentes órganos. Esta división busca evitar que uno de los 3 órganos de poder se convierta en supremo, avasallando sus facultades y generando un absolutismo. Así, los sistemas de gobierno democráticos emplean la separación de poderes dándole a estos Entes poder suficiente para controlarse uno a otros. Recordando que el control supremo siempre queda en el Pueblo, dado que este solo delega transitoriamente el ejercicio del poder formal, teniendo las facultades de recuperarlo y entregarlo a persona o personas distintas en un lapso determinado. La división de Poderes, no es una cuestión administrativa sino la BUSQUEDA DE INDEPENDENCIA de unos respectos de los otros, lo que permitirá identidad e independencia a la hora de actuar. Pocos días atrás, en medio de la sesión extraordinaria escuchamos una expresión relativa a este tema, la cual provenía de un edil alineado con el Ejecutivo, y que acusaba - de violar la división de poderes, no respetando la independencia entre poderes - a quienes pedíamos formar una comisión investigadora de un supuesto delito que involucraba fondos municipales. Ahora bien, obviamente la conformación de una comisión como la propuesta no solo que no rompe la división de poderes sino que realza la independencia de los mismos, al evaluar acciones ejercidas por dependientes directos del Departamento Ejecutivo Municipal a la vez que puede prestar colaboración con el Poder Judicial al detectar otros supuestos y denunciarlos. Lamentablemente el Bloque alineado al Ejecutivo no acompaño la conformación de dicha comisión, pero dejo abierto un debate más profundo que dicha acción, y es la situación de solo recordar extremos constitucionales para justificar cuestiones abstractas pero no ponerlo en práctica en el desarrollo legislativo cotidiano. Así lo escuchamos y vemos ante cada debate sobre cuestiones de fondo propuestas por algún edil no alineado o por el mismo Departamento Ejecutivo; ante los primeros se escuchara que el Poder Ejecutivo no está de acuerdo con el proyecto y por eso se rechaza, mientras que ante el proyecto del Ejecutivo, las manos se alzaran para acompañarlo con pocos o escasos fundamentos. Por ello a la hora de hablar de violentar o avasallar la división de poderes, deberíamos empezar por entender para que se dividen los poderes del estado, que es la independencia entre poderes, lo que nos dará un desarrollo contundente en el ejercicio de las funciones legislativas; y así ejercer la división de poderes realmente y no solo en palabras.

Facebook: mariano d raineri - Twr: @marianoraineri


 
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