Amigos… deseo aportarles alguna información para colaborar con la demolición de ciertos estigmas que pululan en el inconciente colectivo. Según la Organización Mundial de la Salud, OMS, hoy día se incluye entre los trastornos de carácter mental más graves, actualmente psicosociales, el trastorno bipolar. Ésta, en el año 2001, adoptó una nueva clasificación internacional para evaluar y valorar la discapacidad, la CIF, clasificación internacional del funcionamiento, la
discapacidad y la salud. Atento a lo consagrado en esta, el funcionamiento y la discapacidad de una persona se conciben como la interacción dinámica entre los estados de salud, ya sean enfermedades, trastornos, etc., y factores contextuales, tanto personales como ambientales o sociales.
De acuerdo con la OMS, esto viene recogiéndose en las normas internacionales
posteriormente dictadas en relación a las enfermedades mentales y la discapacidad intelectual, una persona podrá: A- tener deficiencias sin tener limitación alguna de su capacidad; B- tener problemas de desempeño o realización de determinadas tareas o actividades ordinarias sin que exista deficiencias ni
limitaciones de su capacidad; O C- tener problemas o discernimientos en el funcionamiento que sí llevan consigo o provocan una limitación en la capacidad de la persona.
Dentro de los trastornos del estado de ánimo, hoy me abocaré al tratamiento de la bipolaridad. Esta es una enfermedad mental que tiene períodos cíclicos de excitabilidad o manía, los que pueden durar de días a meses, y fases de depresión. Estos cambios pueden ser muy abruptos y algunas veces las dos fases concomitan. La fase de excitabilidad puede caracterizarse por comportamientos de euforia, hiperactividad, autoestima desproporcionada, compromiso exagerado en las actividades, comportamientos precipitados. En tanto que la depresiva puede
suponer tristeza permanente, sentimiento de desesperanza, ansiedad, culpa y falta de valor, fatiga y desgano, trastornos del sueño, pensamientos frecuentes acerca de la muerte, dificultad para concentrarse, aislamiento social, pérdida de la autoestima. Vale soslayar que en tales pacientes se eleva el riesgo de suicidio. Ahora bien, este cuadro clínico se diagnostica por la presencia, ausencia o duración de los diversos episodios afectivos (episodio depresivo mayor, episodio maníaco, episodio mixto y episodio hipomaníaco) los cuales pueden acompañarse o no con síntomas psicóticos.
Según criterios de los expertos, la bipolaridad es una clase de trastorno cerebral neurobiológico que repercute en el estado de ánimo, condición clínica que comparte con la depresión y que se caracteriza por oscilaciones anímicas, bruscas e intensas. Consiste en una alteración multicausal de los mecanismos que regulan el carácter y la personalidad. Sin embargo, en un estadio más avanzado, quien lo sufre atraviesa una depresión tan profunda que puede ir acompañada de delirios y alucinaciones, que pueden conducirlo hacia la internación para atemperar sus síntomas. Cabe destacar que existe un término medio, llamado eutimia, que es la fase sintomática en la cual el paciente bipolar puede realizar su vida normalmente. Es por todo ello que tal enfermedad necesita contar precozmente con un diagnóstico certero, para de ese modo llegar rápidamente a un tratamiento integral.
La bipolaridad, como tal, puede tener diversos grados y tipos: 1- TIPO I: se define por episodios de manía extrema, acompañados por delirios y alucinaciones, y luego sobreviene el episodio depresivo grave, donde puede sobrevenir el suicidio. 2- TIPO II: incluye episodios depresivos, igual de intensas que en el TIPO I, pero presenta episodios eufóricos más moderados, denominados hipomanía. 3- TIPO MIXTO: es una mezcla de síntomas depresivos y maníacos difícil de detectar y que se manifiestan cuatro o más veces en el término de un año. 4- TIPO CICLOTÍMICO: es un trastorno menos intenso, con una sucesión de episodios hipomaníacos y depresivos leves, en general de comienzo en la adolescencia. Estas fluctuaciones pueden traer problemas sociales o laborales.
Algunos datos importantes: la bipolaridad se presenta en 1.2 cada 100 hombres y 1.6 cada 100 mujeres; la misma prevalece en ambos sexos 1 cada 100; respecto a los antecedentes familiares se da: directos en un 25%, con un progenitor en un 50% y con ambos progenitores hasta un 75%.
Según la Resolución Nº 929/2009, dictada por el Servicio Nacional de Rehabilitación, tal patología será certificada como discapacidad cuando se acredite la misma mediante certificado médico, otorgado por especialista en psiquiatría en el que conste diagnóstico según CIE 10 y DSM IV, y el respectivo resumen de historia clínica evolutiva, tratamiento clínico y farmacológico recibidos. Para ello deberán encontrarse encuadradas dentro de las clases III, IV y V. ¿Qué compromete cada una? CLASE III-MODERADA: A) moderada restricción en el desempeño de actividades de la vida cotidiana, incluyendo contactos sociales y en la actividad laboral. En estos casos es necesaria la medicación y el tratamiento psicoterapéutico. B) Se elevará el porcentaje cuando la sintomatología interfiera en la actividad de la vida de la persona. C) El mismo porcentual disminuirá cuando la enfermedad no obstaculice en forma notable su desempeño. D) Presente además algunas de las siguientes características clínicas: episodios maníacos recurrentes, trastorno depresivo mayor de evolución crónica (más de 18 meses sin remisión), trastornos bipolares que requieran tratamiento más de 2 episodios al año, más de 5 episodios en los últimos 3 años, más de 8 episodios en los últimos 5 años. Depresión recurrente con tentativas de suicidio, presencia de síntomas psicóticos. CLASE IV-GRAVE: A) las actividades de la vida cotidiana se encuentren restringidas ya sea para movilizarse, alimentarse, etc., requiriéndose supervisión en áreas protegidas. B) Merma de la capacidad laboral por deficiente concentración, con episodios de descompensación asociados a actividades laborales. C) Presencia de características clínicas de depresión mayor entronizada, síntomas psicóticos crónicos, trastorno bipolar resistente al tratamiento. CLASE V-DISCAPACIDAD MUY GRAVE: A) en estos casos la enfermedad repercute en forma extrema sobre el individuo, lo que traduce su incapacidad para autocuidarse y llevar autónomamente actividades básicas de la vida diaria, necesitando para ello auxilio de terceros en todo momento. B) Tampoco es posible ninguna actividad laboral, ni siquiera en ámbitos protegidos. C) Presencia de algunas de las siguientes características: trastorno depresivo o manía grave, hipomanías constante, hospitalizaciones reiteradas, ausencia de recuperación en períodos intercríticos.
Amigos… luego de este mero relato, puedo deducir que uno de los principales estigmas que padecen quienes portan este trastorno es la discapacidad a nivel laboral que la enfermedad les acarrea, es decir, la dificultad que poseen para poder trabajar y desarrollarse en forma normalizada. Ello debido al relacionamiento con la alta recurrencia de episodios maníacos (euforias), sufrir tres o más hospitalizaciones psiquiátricas (episodios de gran intensidad), sufrir sintomatología depresiva y generalmente agravado por tener un bajo nivel educacional. Del mismo modo, es archi sabido que el apoyo social es crucial para las personas con esta clase de trastorno, es por ello que puede afirmarse que la discapacidad a nivel social, es decir, dificultad para establecer relaciones fuera de la familia e integrarse socialmente, se asocia a sufrir un mayor número de internaciones y episodios depresivos. Por ende, de favorecerse un apoyo de tipo social se contribuirá a disminuir la discapacidad social. Entiendo por todo lo antedicho que deviene más que urgente para estos pacientes trabajar sobre lo que se llama actualmente discapacidad familiar, que no es más que la dificultad de sostener buenas relaciones entre la familia y el afectado. Por último, solo me resta decir que si deseamos evitar la discapacidad en los pacientes bipolares, habrá que evitar la recurrencia de la misma, evadiendo los episodios depresivos y maníacos, para de esa forma actuar con prontitud, tratando dichos episodios desde el primer momento a fin de no llegar a la internación. Aun resta mucho por hacer, especialmente educar y concientizar a toda la sociedad. De allí mi humilde aporte. Por ello reitero mi habitual invitación "EJERZAN SUS DERECHOS PORQUE SU EJERCICIO NO CONSTITUYE MEROS PRIVILEGIOS" DRA. SILVINA COTIGNOLA, ABOGADA ESPECIALIZADA EN DISCAPACIDAD Y FAMILIA. smlcoti@ciudad.com.ar