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» Este artículo corresponde a la Edición del jueves, 01/sep/2022 de La Auténtica Defensa.

De Todo un Poco - Opiniones Ciudadanas:
"Sedición", la palabra que no se quiere usar pero corresponde
Por Julio N. Carreras







Julio N. Carreras

En los últimos días, nos vimos envueltos por informes mediáticos, demostraciones y deducciones sobre acciones judiciales, políticas y "de las otras", que es posible considerar que estamos entrando en un terreno de relaciones humanas y sociales que no están de acuerdo con las que corresponden en la vida en una república democrática, legalmente constituida del siglo XXI.

El surgimiento de hechos que están muy cerca de llegar a ser considerados delitos de sedición, engendró en la mente de muchos la necesidad de recordar palabras que pueden llegar a definir el real sentido de su significado y a lo que apuntan, como el caso de "sedición", aplicable, según su definición a quién "se alce pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de leyes, autoridades, cuerpo oficial o funcionarios". Según lo dice la Biblia, habiendo sido tomada la acepción en la mayoría de las democracias del mundo, incluso de muchas dictaduras que durante los siglos XIX y XX se transformaron en ejemplos republicanos de las democracias de nuestro siglo. Si queremos leer su significado en la Constitución Nacional, la nombra en su artículo 22 cuando dice: "El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición."

La sedición a menudo incluye la subversión de una constitución y la incitación al descontento o la resistencia contra la autoridad establecida. La sedición puede incluir cualquier conmoción, aunque no tiene como objetivo la violencia directa y abierta contra las leyes. Pero nada mejor que poner ejemplos para entenderla: "Fomentar organizaciones que se oponen a la autoridad"; "promover la resistencia al poder y realizar discursos públicos en contra del orden establecido"; son acciones típicas de la sedición. Lo que normalmente es considerado delitos contra el orden público.

Podemos seguir aclarando para quienes aún no están convencidos de esto, que no es política sino simplemente recordar los que estudiamos en algún momento de nuestras vidas, la sedición, según el Diccionario de la Real Academia Española, es un "alzamiento colectivo y violento contra la autoridad, el orden público..…, sin llegar a la gravedad de la rebelión"….., que se distingue por tener la intención de derrocar a los poderes del Estado.

En otras palabras es una conducta abierta, como el discurso y la organización, que tiende a la insurrección contra el orden establecido. La sedición a menudo incluye la subversión de una constitución y la incitación al descontento o la resistencia contra la autoridad establecida.

El juzgamiento de los actos de sedición no se consideran subversivos, y pueden ser procesados como actos abiertos bajo las leyes de sedición que varían de un código legal a otro. La visión general que se está dando, sirve para desarrollar una definición sociológica de sedición históricamente, esto ha servido para desarrollar y entender a los grupos oficialistas y no oficialistas correspondientes al pueblo con distintos comportamientos.

Los argentinos siempre tuvimos la costumbre de usar palabras, y realizar acciones sin entender su significado. La idea de la presente columna es clarificar algunas, a efectos de demostrar que se está yendo por un camino que no corresponde a las leyes que regulan el gobierno de un país que tiene tres poderes elegidos constitucionalmente en una acto democrático, teniendo, mal que nos pese, autoridades y leyes que lo regulan.

-Fuente: Constitución Nacional; C.P.A.; Wikipedia; RAE.


 
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